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Sección: | VI | Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas |
Capítulo: | 29 | Productos químicos orgánicos |
Partida: | 2922 | Compuestos aminados con funciones oxigenadas. |
| | - Aminoácidos, excepto los que contengan funciones oxigenadas diferentes, y sus ésteres; sales de estos productos: |
SubPartida: | 292241 | -- Lisina y sus ésteres; sales de estos productos. |
Fracción: | 29224101 | Clorhidrato del ácido alfa, epsilon-diamino- caproico (Clorhidrato de lisina). |
U. de Medida: Kg | Arancel | IVA | IVA F.F. | | |
Importación | Ex.* | 15 | 10 | | |
Exportación | Ex. | | | | |
RESTRICCIONES:
En Importación:
En Exportación:
ANEXOS:
Anexo 27: Cuando se destinen para usarse como fertilizante, plaguicida, herbicida, funguicida y abono, en la agricultura o ganadería, o para preparaciones farmacéuticas, estupefacientes, substancias psicotrópicas, antígenos y vacunas que puedan ser ingeridos, inyectados, inhalados o aplicados, directamente por el usuario, sin que se requiera mezclar con otras substancias o productos o sujetarse a un proceso industrial de transformación, su importación no está sujeta al pago del IVA (R.G. 5.2.13.).
CUPOS:
Para Importar de:
Para Exportar a:
OBSERVACIONES:
Generales:
En Importación:
* Exenta de arancel a partir del 28 de noviembre de 2006 (Art. Primero DOF 27/XI/2006).
Cuando se importe proteína hidrolizada de origen y procedencia de Colombia, clasificada en esta fracción arancelaria, se deberan cumplir los requisitos que se señalan en la Circular T-812/2004.
En Exportación:
Tratados de Libre Comercio
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