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Sección: | | Operaciones Especiales |
Capítulo: | 98 | Operaciones especiales |
Partida: | 9802 | Maquinaria, partes o componentes para la fabricación de productos, conforme a la Regla 8a de las Complementarias. |
SubPartida: | 980200 | - Maquinaria, partes o componentes para la fabricación de productos, conforme a la Regla 8a de las Complementarias. |
Fracción: | 98020010 | Mercancías para el Programa de Promoción Sectorial de las Industrias Diversas, cuando las empresas cuenten con la autorización a que se refiere la Regla 8a de las Complementarias, para la interpretación y aplicación de la Tarifa, de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de Economía. |
U. de Medida: Kg | Arancel | IVA | IVA F.F. | | |
Importación | Ex.* | 15 | 10 | | |
Exportación | Ex. | | | | |
RESTRICCIONES:
En Importación:
Permiso previo SE(Únicamente cuando se destinen a importación definitiva o temporal. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 17fracc. III del Acuerdo de permiso previo, el periodo de vigencia de dicho permiso será de un año o menos, cuando el proceso productivo así lo requiera)
En Exportación:
ANEXOS:
CUPOS:
Para Importar de:
Para Exportar a:
OBSERVACIONES:
Generales:
Descripción modificada mediante Decreto publicado el 5/IX/2006.
En Importación:
* Exenta de arancel a partir del 1 de abril de 2002 (DOF 18/I/2002).
Nota 1: La importación de esta mercancía, originaria de Nicaragua, estará sujeta al arancel preferencial que se indica, siempre y cuando se realice entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2007, y estará exenta de arancel a partir del 1 de julio de 2007 (Art. 4del Decreto por el que se establece la Tasa aplicable a partir del 1 de enero de 2007 del IGI para las mercancías originarias de la República de Nicaragua).
En Exportación:
Tratados de Libre Comercio
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