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Sección: | XVIII | Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirurgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos |
Capítulo: | 90 | Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos |
Partida: | 9011 | Microscopios ópticos, incluso para fotomicrografía, cinefotomicrografía o microproyección. |
SubPartida: | 901120 | - Los demás microscopios para fotomicrografía, cinefotomicrografía o microproyección. |
Fracción: | 90112099 | Los demás microscopios para fotomicrografía, cinefotomicrografía o microproyección. |
U. de Medida: Pza | Arancel | IVA | IVA F.F. | | |
Importación | 20* | 15 | 10 | | |
Exportación | Ex. | | | | |
RESTRICCIONES:
En Importación:
En Exportación:
ANEXOS:
Anexo 9: Siempre que se trate de una pieza y sea para uso exclusivo del importador, no será necesario inscribirse en el Padrón de Importadores (R.G. 2.2.2. numeral 12) ; Cuando esta mercancía se importe por instituciones de salud pública o por personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles del ISR, en términos del Art. 61 XIVde la L. A., no paga el IGI (R.G. 2.9.5.)
CUPOS:
Para Importar de:
Para Exportar a:
OBSERVACIONES:
Generales:
En Importación:
* Arancel aplicable a partir del 31 de diciembre de 2004 (Art. Primero DOF 30/XII/2004).
Los Centros Públicos de investigación contenidos en el "Acuerdo por el que se resectorizan las entidades paraestatales que conforman el Sistema de Centros Públicos CONACYT", o que sean reconocidos por resolución en los términos del Art. 47 de la Ley de Ciencia y Tecnología, las Instituciones de Educación Superior (Universidades) Públicas y Privadas, los Institutos o Centros de Investigación Científica y Tecnológica, y las personas físicas y morales inscritas en el RENIECYT, podrán importar esta mercancía bajo la fracción arancelaria 9806.00.03, exenta del pago de arancel, siempre y cuando obtengan el permiso previo de la SE en términos del “Acuerdo que establece los lineamientos para la importación de mercancías destinadas para investigación científica y tecnológica, y desarrollo tecnológico”, publicado el 7/VI/2006.
En Exportación:
Tratados de Libre Comercio
Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) |