Nota 1: La importación de esta mercancía, originaria y proveniente de Colombia, estará sujeta a la tasa arancelaria que a continuación se indica (Art. 11 del "Decreto por el que se establece la Tasa aplicable a partir del 19 de noviembre de 2006 del IGI para las mercancías originarias de la República de Colombia", publicado el 17/XI/2006):